CATEGORIA SOLISTA MUJER

SAIDYTA CHAVEZ - 13%
MABELL DE LA ROSA - 1%
MAJO - 20.8%
PAMELA AÑAZCO - 26.3%
SANDRA GALLARDO - 39%

Total votes: 7213
The voting for this poll has ended on: 27 Dic 2011 - 18:00

CATEGORIA SOLISTA HOMBRE

JOEL ADAMO - 1%
WALTER ALEJANDRO - 40%
SANTISTEVAN - 33.3%
IVÁN MALDONADO - 1.4%
BETO ILLESCAS - 12%
DIEGO ABARCA - 12.3%

Total votes: 5645
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Consejo Nacional Electoral rechazó pedido de revocatoria al Alcalde, Lcdo. Jorge Carrión Mora

El Consejo Nacional Electoral, mediante Of. No. 0003962, Quito, 21 de septiembre de 2011, suscrito por el Secretario General del CNE, Dr. Eduardo Armendáriz Villalva, remitido al Lcdo. Jorge Carrión Mora, Alcalde del Cantón Marcabelí, da cuenta: Que, con fecha 30 de mayo del 2011, el ciudadano Alcides de Jesús Murillo Santín, presenta ante la Delegación de la Provincia de El Oro del CNE, la solicitud para la revocatoria de mandato del señor Jorge Humberto Carrión Mora, Alcalde del cantón Marcabelí, de la provincia de El Oro, aduciendo incumplimiento del Plan de Trabajo.

No Justifican

1.-Jorge_Carrin_MoraLa Directora de Asesoría Jurídica sugiere al Pleno del Organismo no admita la solicitud de revocatoria de mandato planteada por el señor Alcides de Jesús Murillo Santín, en contra del señor Jorge Humberto Carrión Mora, Alcalde del cantón Marcabelí, de la provincia de El Oro, por cuanto el peticionario no justifica en forma clara y precisa los aspectos del Plan de Trabajo presentado en la inscripción de la candidatura y que habrían sido incumplidos por la autoridad cuestionada, por otra parte, no justifica de forma clara y precisa la o las disposiciones legales relativas a la participación ciudadana que se consideran incumplidas o violentadas y la descripción de las condiciones en las que se habría producido el incumplimiento o la violación legal, y por último no se justifica en forma clara y precisa el incumplimiento de las funciones y obligaciones establecidas en la Constitución y la Ley, por parte del señor Jorge Humberto Carrión Mora, Alcalde del cantón Marcabelí, de la provincia de El Oro.

No a la Revocatoria

Acogiendo el informe anterior, consecuentemente, el Pleno del Consejo Nacional Electoral, en uso de rus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, no admite la solicitud de revocatoria de mandato planteada por el señor Alcides de Jesús Murillo Santín, en contra del señor Jorge Humberto Carrión Mora, Alcalde del cantón Marcabelí, de la provincia de El Oro, por cuanto el peticionario no ha justificado en forma clara y precisa su pedido de revocatoria de mandato, de conformidad con lo establecido en la Ley, revocatoria que puede ser solicitada únicamente por las siguientes causales: Por incumplimiento del plan de trabajo; de las disposiciones legales relativas a la participación ciudadana y las demás funciones y obligaciones establecidas en la Constitución de la República y la Ley, correspondientes a cada una de las dignidades de elección popular, por lo que se dispone el archivo de la petición.